lunes, 4 de febrero de 2013
constitucion de 1978
Resumen de la Constitución Española de 1978
La Constitución Española actual tuvo forma definitiva en 1978. Después de muchos estatutos y leyes estructuradas sin mucho orden surge el texto más importante de la legislación española.
La Constitución de 1978 tiene como principal objetivo establecer y obligar a ejercer las libertades públicas y los derechos fundamentales de todos los ciudadanos. También busca mantener una monarquía parlamentaria, donde el pueblo controla todos los poderes públicos. La idea de delegar poder a las diferentes comunidades autónomas que propone la Constitución ayuda a conseguir una administración más eficaz.
La Constitución, como principal norma del Ordenamiento Jurídico, se compone de 169 artículos y algunas disposiciones adicionales. Comienza con un preámbulo que es una Declaración de Principios democráticos. Tiene principalmente dos partes: la dogmática y la orgánica.
La parte dogmática de la Constitución incluye el Título Preliminar y el Título I. Dentro de éstos, se encuentran los primeros 9 artículos, a saber, los principios fundamentales en el Estado Español. Son totalmente considerados como normas jurídicas que todos los ciudadanos estamos obligados a cumplir.
La parte orgánica contiene los principios que regulan todas las instituciones nacionales, como lo son la Corona, las Cortes Generales, el Gobierno y la Administración, el Poder Juicial, Economía y Hacienda y el Tribunal Constitucional. En esta parte se puede percibir que los derechos fundamentales y los deberes que contiene la Consitución Española de 1978 vincula a todos los poderes políticos. Queda estipulado que todo ciudadano puede reclamar ante los tribunales pertinentes la tutela de sus libertades y derechos.
Es señal de democracia que la propia Consitución pueda ser susceptible de reforma pero, eso sí, nunca en tiempo de guerra o estados de alarma, excepción o sitio.
http://www.youtube.com/watch?v=rLNG0NZiIgU
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario